RECUPERACIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
(para ciudadanos españoles que adquirieron la nacionalidad británica y no realizaron la conservación de la nacionalidad española)
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[Actualizado en abril de 2024]
Como hemos comentado en nuestro post sobre la conservación de la nacionalidad española tras adquirir la británica, a consecuencia de la salida del Reino Unido de la Unión Europea, son muchos los ciudadanos españoles (y de otros países europeos) que han optado por adquirir la nacionalidad británica para garantizarse el disfrute de derechos de residencia, trabajo, etc. en el Reino Unido.
El proceso para obtener la nacionalidad británica puede ser largo y costoso, y los ciudadanos españoles todavía tienen que dar un paso más: es muy importante tener en cuenta que después de adquirir la nacionalidad británica, es necesario hacer un trámite adicional para conservar la nacionalidad española.
Los mayores de edad tienen actualmente un plazo de tres años para realizar este trámite, que consiste en presentar cierta documentación a las autoridades españolas y hacer una declaración de voluntad expresando que no se quiere perder la nacionalidad española. Para residentes en el Reino Unido*, este trámite de conservación de la nacionalidad española se lleva a cabo ante el Consulado español.
Si se ha pasado este plazo de tres años, no está todo perdido. Para los ciudadanos españoles de origen que adquirieron la nacionalidad británica y no realizaron el proceso de conservación en el plazo señalado de tres años, es posible solicitar la recuperación de la nacionalidad española.
En nuestra notaría (Vanner Perez Notaries) estaremos encantados de ayudarte con este proceso de recuperación de la nacionalidad española, ya que conocemos bien la documentación a presentar al Consulado y podemos ayudar con gran parte de ella. Concretamente, podemos ayudar con los siguientes pasos:
– Copia apostillada del certificado de naturalización (certificamos la copia cumpliendo con los requisitos para que pueda ser apostillada y, si lo deseas, tramitamos también la apostilla)
– Traducción jurada del certificado de naturalización
Estas son algunas de las ventajas de encargar esta documentación a Vanner Perez Notaries:
– A diferencia de otros notarios, preparamos la copia certificada directamente en español, de modo que la certificación notarial no necesita ser traducida posteriormente.
– Gestionamos apostillas a diario a través de los servicios ordinario y exprés, y contamos con un traductor jurado en el despacho, lo que facilita y agiliza el trámite.
– Si no quieres desprenderte de tu certificado de naturalización original, dada la importancia de este documento, tendrás la opción de traerlo en persona a nuestro despacho en Bank/Monument para que lo copiemos y te lo puedas llevar en mano. No obstante, también ofrecemos envíos por correo o mensajero, y se puede organizar esa parte del trámite remotamente si no vives en Londres o no te resulta conveniente una visita en persona.
Además de los documentos indicados, actualmente se han de presentar también el Consulado un formulario de solicitud (que puedes descargar directamente de la web del consulado), fotocopia del pasaporte, una certificación literal de nacimiento y una certificación de residencia de la autoridad local.
La certificación literal de nacimiento tiene que haber sido expedida con menos de 6 meses a la fecha de presentación de la documentación. Los nacidos en España pueden obtenerla de manera gratuita a través de la web del Ministerio de Justicia.
En cuanto a la certificación de residencia, que se conoce como “electoral register certificate” o “electoral roll certificate” se puede solicitar a la oficina del censo electoral (Electoral Registration Office) de la autoridad local (local council) donde se tenga la residencia. En este enlace se puede buscar por código postal para obtener la dirección y datos de contacto de la oficina del censo electoral correspondiente.
Anteriormente, el Consulado solicitaba que la copia del pasaporte estuviese compulsada por un profesional (por ejemplo, un notario) o por la Post Office, pero desde febrero de 2024 el Consulado parece aceptar una mera fotocopia, sin necesidad de compulsa.
*Desde abril de 2024, hemos tenido noticia de que el Consulado comprueba que el solicitante esté inscrito en el Consulado y que, de no estarlo, se indica al solicitante que el trámite no puede hacerse en el Consulado, sino que debe acudir al Registro Civil que le corresponda.
Siempre es importante comprobar con las autoridades españolas (el Consulado, en el caso de residentes en Reino Unido) los requisitos para cualquier trámite de este tipo, ya que en ocasiones pueden cambiar los documentos a presentar, la forma de envío, el procedimiento de reserva de cita (en su caso), los plazos, etc.
Si vas a solicitar la recuperación de la nacionalidad española y te gustaría que desde Vanner Perez Notaries te ayudemos con los documentos que necesitan traducción, certificación y legalización, no dudes en escribirnos a info@vpnotaries.co.uk y te responderemos enseguida con toda la información que necesites.